Año Gravable 2025 · Personas Naturales

Declaración de Renta para Independientes 2026

¿Debes declarar? ¿Qué puedes deducir? Fechas, topes y paso a paso para trabajadores independientes, freelancers y contratistas.

1.400 UVT
Tope ingresos brutos
25%
Renta exenta laboral
Ago–Oct
Fechas vencimiento 2026

¿Debo declarar renta en 2026?

La declaración de renta de personas naturales para el año gravable 2025 se presenta en 2026. Usa este verificador rápido:

🔎 Verificador: ¿Estás obligado a declarar?

Responde con los valores de todo el año 2025. Basta con que una respuesta sea SÍ para estar obligado.

ℹ️
Nota: Los valores usan UVT 2025 ($49.799). Si tienes ingresos en el exterior, eres socio de una empresa, o recibes dividendos, consulta con un contador ya que pueden existir obligaciones adicionales.

Topes para declarar año gravable 2025

Debes declarar si en 2025 superaste cualquiera de estos límites:

Patrimonio bruto (31 dic 2025)
$224.095.500
4.500 UVT × $49.799
Ingresos brutos totales 2025
$69.718.600
1.400 UVT × $49.799
Consumos con tarjeta de crédito
$69.718.600
1.400 UVT × $49.799
Compras y consumos totales
$69.718.600
1.400 UVT × $49.799
Consignaciones bancarias acumuladas
$69.718.600
1.400 UVT × $49.799
También si eres responsable de IVA o tienes firma de contador
Siempre declara
Independiente del monto
⚠️
Ojo con las consignaciones: El DIAN cruza tus consignaciones bancarias con la declaración. Si consignaste más de $69.7M en 2025 (sumando todo, incluyendo traslados) y no declaraste, pueden requerirte. Si tienes dudas, declara.

¿Qué pueden deducir los independientes?

Como trabajador independiente con rentas de trabajo (honorarios, comisiones, servicios), tienes estas depuraciones:

Renta exenta 25%

El 25% de tus rentas de trabajo es exento de impuesto. Tope: 2.880 UVT/año ($143.421.120 con UVT 2025).

Aportes a seguridad social

Todo lo que pagaste a salud (12,5%) y pensión (16%) en 2025 como independiente es deducible.

Gastos de la actividad

Gastos directamente relacionados con tu actividad generadora de renta: arriendo de oficina, computador, internet, papelería, software.

Dependientes económicos

4 UVT por día ($199.196 diarios) por cónyuge/pareja sin ingresos o hijos menores de 18 años. Tope: 400 UVT/año ($19.919.600).

Intereses de vivienda

Intereses de crédito hipotecario o leasing habitacional hasta 1.200 UVT/año ($59.758.800 con UVT 2025).

Medicina prepagada

Pagos de medicina prepagada o seguro de salud hasta 16 UVT/mes ($9.567.808 anuales con UVT 2025).

💡
Tip: El límite global de rentas exentas + deducciones especiales es el 40% del ingreso neto, con un tope de 5.040 UVT/año. Trabaja con un contador para optimizar tu declaración dentro de estos límites.

Tabla de impuesto de renta 2025 (Personas Naturales)

Una vez calculada tu renta líquida gravable (ingresos − costos − deducciones − rentas exentas), el impuesto se calcula así:

Renta líquida gravableTarifaImpuesto
Hasta 1.090 UVT ($54.280.810)0%$0
1.090 – 1.700 UVT ($84.658.300)19%(RLG − 1.090 UVT) × 19%
1.700 – 4.100 UVT ($204.177.900)28%(RLG − 1.700 UVT) × 28% + 116 UVT
4.100 – 8.670 UVT ($431.836.530)33%(RLG − 4.100 UVT) × 33% + 788 UVT
8.670 – 18.970 UVT ($944.580.300)35%(RLG − 8.670 UVT) × 35% + 2.296 UVT
18.970 – 31.000 UVT ($1.543.769.000)37%(RLG − 18.970 UVT) × 37% + 5.901 UVT
Más de 31.000 UVT39%(RLG − 31.000 UVT) × 39% + 10.352 UVT

UVT 2025: $49.799. Valores referenciales — el DIAN puede ajustar tablas anualmente.

Fechas de vencimiento para declarar renta 2025

Las fechas exactas se publican en el Decreto de Calendario Tributario del DIAN. Históricamente para personas naturales:

Ago 2026
Últimos 2 dígitos NIT/cédula 01–08 — primeras fechas de vencimiento
Sep 2026
Últimos 2 dígitos NIT/cédula 09–40 — fechas intermedias
Oct 2026
Últimos 2 dígitos NIT/cédula 41–99 y 00 — últimas fechas
Abr 2026
Grandes contribuyentes (aplica si facturas más de $8.000M anuales)
📅
Confirma la fecha exacta en el calendario tributario oficial del DIAN en www.dian.gov.co. La sanción por extemporaneidad es del 5% del impuesto a cargo por mes o fracción de mes de retraso.

Paso a paso: cómo presentar tu declaración

Reúne tus documentos

Certificados de retención en la fuente de tus clientes, soportes de aportes a seguridad social (PILA), extractos bancarios del año, comprobantes de gastos deducibles y soporte de patrimonio.

Determina si debes declarar

Usa el verificador de arriba. Recuerda que las retenciones que te practicaron están preinscritas en el DIAN — puedes consultarlas en el portal con tu RUT.

Ingresa al portal DIAN

Entra a www.dian.gov.co → Servicios en línea → Declarar. Usa el Formulario 210 (personas naturales no obligadas a llevar contabilidad) o el 110 si llevas contabilidad.

Diligencia los datos y calcula

Ingresa ingresos, costos, deducciones y rentas exentas. El formulario calcula automáticamente el impuesto. Relaciona todas las retenciones en la fuente que te practicaron.

Firma y presenta

Firma electrónicamente con tu firma DIAN. Si hay impuesto a pagar, puedes pagar en línea con PSE o en banco. Si hay saldo a favor, puedes pedir compensación o devolución.

Guarda el acuse de recibo

Descarga y guarda el formulario con el sello del DIAN (número de formulario y fecha de presentación). Consérvalo al menos 5 años.

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Preguntas frecuentes

¿Quiénes están obligados a declarar renta como independientes en 2026?
Debes declarar si en 2025 tuviste patrimonio bruto ≥ $224.095.500, ingresos brutos ≥ $69.718.600, consumos con tarjeta ≥ $69.718.600, compras o consumos ≥ $69.718.600, o consignaciones ≥ $69.718.600. Basta con cumplir una sola condición.
¿Qué pueden deducir los independientes en la declaración de renta?
Los independientes pueden deducir sus aportes a salud y pensión, gastos directamente relacionados con la actividad generadora de renta, la renta exenta del 25%, y 4 UVT por día de dependientes económicos (hasta 400 UVT anuales).
¿Cuándo son las fechas para declarar renta 2025?
Las fechas de vencimiento para personas naturales (año gravable 2025) son entre agosto y octubre de 2026, según los últimos dos dígitos del NIT/cédula. Consulta el calendario tributario oficial en el portal del DIAN.
¿Los honorarios de independientes se declaran como renta de trabajo?
Sí, los honorarios, comisiones y servicios de trabajadores independientes se clasifican como rentas de trabajo. Esto permite aplicar la renta exenta del 25% sobre los ingresos netos, con un tope de 2.880 UVT al año.
¿La retención en la fuente que me hicieron se descuenta?
Sí. Toda retención en la fuente practicada durante el año gravable se relaciona en la declaración y se descuenta del impuesto a cargo. Si las retenciones superan el impuesto, tienes saldo a favor que puedes pedir en devolución.
¿Puedo deducir los aportes a seguridad social?
Sí. Los aportes obligatorios a salud y pensión que pagaste como independiente son deducibles de la base gravable. Conserva los soportes de pago de todo el año (certificados de PILA o equivalentes).
¿Qué pasa si no declaro estando obligado?
El DIAN puede liquidarte de oficio con una sanción del 20% del valor de las consignaciones del período no declarado, o del 20% de los ingresos brutos. Además hay intereses de mora. Es mejor declarar a tiempo aunque haya errores.
¿Dónde se presenta la declaración de personas naturales?
La declaración se presenta virtualmente en el portal del DIAN (www.dian.gov.co), usando el Formulario 210 para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, o el 110 si llevas contabilidad.
¿Qué documentos necesito para declarar?
Necesitas: certificados de retención en la fuente de tus clientes, soportes de aportes a seguridad social (PILA), extractos bancarios del año, comprobantes de gastos deducibles, certificados de rendimientos financieros y soporte de patrimonio.
¿Puedo corregir la declaración si me equivoqué?
Sí. Puedes corregir la declaración dentro de los 3 años siguientes al vencimiento del plazo. Si la corrección aumenta el impuesto, pagas una sanción del 10% del mayor valor. Si disminuye el impuesto, también es 10%.
¿Puedo contratar un contador y deducir ese gasto?
Sí, los honorarios pagados a un contador para la preparación de tu declaración de renta son un gasto relacionado con la actividad económica y son deducibles. Exige factura electrónica a tu contador.
¿El anticipo de renta qué es y cómo funciona?
Si al calcular tu declaración de renta resulta impuesto a cargo, el DIAN puede requerir el pago de un anticipo del 25% del impuesto neto para el año siguiente. Este anticipo se descuenta en la próxima declaración.

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